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La sala regional especializada del TEPJF sancionó al PVEM por uso indebido de la pauta oficial con spots difundidos en 15 entidades, en donde colocó contenidos federales en tiempos locales durante las campañas electorales.
Las multas al PVEM, diferenciadas por estado, y que deberán aplicar los organismos públicos electorales locales, sumarán en total 650 mil pesos.
"Es existente el uso indebido de la pauta atribuida al PVEM", señala la sentencia aprobada por unanimidad en lo general.
Entre las entidades en donde se difundieron estos promocionales están Campeche, Chihuahua, Colima, Guanajuato, Guerrero, Michoacán, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Tlaxcala y Zacatecas.
Los magistrados también sancionaron a emisoras por no haber cumplido con la suspensión de algunos promocionales, una vez que el INE determinó medidas cautelares.
Entre las emisoras sancionadas están TV Frontera , una asociada al Gobierno de Campeche y otras al Sistema Público de Radiodifusión (SPR).
Sancionan a Canal Once
En otra sentencia, el Canal Once de televisión, perteneciente al SPR, también fue sancionado con una multa de alrededor de 268 mil 860 pesos por difundir de manera indebida un video de campaña de Morena, violando con ello el modelo de comunicación vigente.
Al ser un canal de servicio público no debió difundir ningún video que favoreciera a una opción política concreta y fuera de la pauta oficial.
La sentencia señala que Canal Once difundió un audiovisual no programado en la pauta oficial con un posicionamiento electoral de Morena en contra del PRI y del PAN
Al partido Morena, favorecido con esa infracción, los magistrados de la sala impusieron una multa de 224 mil pesos.
La sentencia, que resuelve una denuncia presentada por el PAN, incluye una vista del caso a la Fiscalía en Delitos Electorales, al Órgano Interno de Control del Instituto Politécnico Nacional (IPN) de quien depende la emisora, así como al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL).
Finalmente, en la sesión pública de la sala celebrada este viernes, por mayoría de votos -con el voto en contra del magistrado presidente de la sala Rubén Lara- los magistrados Gabriela Villafuerte y Luis Espíndola aprobaron multas para los periodistas Ignacio Rodríguez ,"El Chapucero", Carlos Alazraki, y la casa editorial El Universal, por publicar el día de la jornada electoral del 6 de junio mensajes para influir en la votación de los electores, lo cual está prohibido.
En el caso de Rodríguez se sancionó por publicar en sus redes sociales mensajes a favor de Morena, y en el caso de Alazraki, una columna dirigida a los indecisos, en donde llamó a no votar por Morena y sí a favor de PRI, PAN y PRD,
El 6 de junio, se señala en la sentencia, estaba prohibido hacer proselitismo por estar dentro del periodo de reflexión de los electores.
El magistrado Lara consideró que en ambos casos, los materiales estaban protegidos por la actividad profesional de los periodistas y la libertad de expresión.
Las sentencias de la sala especializada quedarán firmes una vez que se concluya el plazo para impugnarlas ante la sala superior por los afectados, o bien, en caso de recurrirse ante esa máxima instancia, se resuelvan de manera definitiva.