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Por: Antonio Baranda
Cd. de México (12 septiembre 2023)
El Ejecutivo federal publicó una reforma que faculta a la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), actualmente al mando de un General, a investigar accidentes e incidentes aéreos, con la finalidad de determinar posibles responsabilidades administrativas.
Hasta antes de este decreto firmado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, la investigación de accidentes e incidentes de aeronaves correspondía realizarlo directamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
Ahora, esa facultad recaerá en la AFAC, el órgano administrativo desconcentrado de la SICT, creado en octubre de 2019 y cuyo director es el General de División Miguel Enrique Vallin Osuna.
La reforma, que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación y entra en vigor este miércoles, modifica el artículo tercero del decreto por el que se creó la AFAC, relativo a las atribuciones del órgano.
Establece que la AFAC efectuará la investigación administrativa y de seguridad aérea con la finalidad de determinar administrativamente la responsabilidad en accidentes e incidentes, con relación a la operación aeroportuaria y de aviación civil.
También podrá imponer "medidas de seguridad" y vigilar su ejecución, lo que, a de acuerdo con el Ejecutivo, permitirá a la AFAC contar con facultades suficientes para regular el crecimiento constante del transporte aéreo nacional e internacional de pasajeros, carga y correo.
Otras atribuciones adicionales para la AFAC son:
"Establecer, regular, aplicar y vigilar las actividades relacionadas con el sistema de Medicina de Aviación Civil (...) que implican la evaluación médica permanente al personal técnico-aeronáutico y a los aspirantes a obtener un permiso para iniciar su formación como personal técnico-aeronáutico", indica.
"Emitir, suspender o revocar los certificados de aptitud psicofísica; establecer y administrar las unidades médicas, establecimientos de salud o laboratorios fijos o móviles".
La AFAC también tendrá entre sus facultades autorizar a las personas físicas, morales y unidades administrativas para evaluar o examinar al personal técnico-aeronáutico y a los aspirantes a obtener un permiso para iniciar su formación como personal técnico-aeronáutico, así como, suspender y revocar dichas autorizaciones.
Asimismo, convalidar los certificados o documentos emitidos por organizaciones de instrucción reconocidas, talleres aeronáuticos y autoridades de aviación civil extranjeras.